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Software para emitir facturas con Verifactu: guía para autónomos 2026

Los autónomos necesitan software compatible con Verifactu a partir del 1 julio 2027. Descubre qué alternativas existen, cómo funcionan y cuál es la más adecuada para tu negocio.

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Equipo Noa

Asistente fiscal y de facturación para autónomos

¿Cuándo entra en vigor Verifactu para autónomos?

La obligación de emitir facturas con Verifactu para autónomos se retrasa hasta el 1 de julio de 2027, según el Real Decreto Legislativo 15/2025 (BOE-A-2025-XXXXX). Inicialmente estaba prevista para enero de 2026, pero la AEAT prolongó el período de adaptación ante las solicitudes de las asociaciones empresariales. Las sociedades mercantiles e IE (Instituciones de Educación) ya están obligadas desde el 1 de enero de 2026.

¿Qué es Verifactu y cómo funciona?

Verifactu es el Sistema de Registro de Facturas ante la AEAT. No es una plataforma donde factures, sino un registro electrónico que recibe los datos de cada factura emitida en tiempo real (o en el plazo regulado) para que Hacienda tenga control automático de la facturación. Según la Orden HAC/1177/2024, los datos enviados deben incluir emisor, destinatario, base imponible, impuesto devengado, fecha y serie.

La diferencia clave: con el sistema clásico (IVA trimestral, modelo 130), tú facturabas en tu software y reportabas manualmente al modelo 303. Con Verifactu, tu software envía automáticamente cada factura a la AEAT en tiempo real (o dentro del plazo de 3 días para algunas variantes). Esto acelera la detección de fraude y simplifica tu gestión.

Software para emitir facturas con Verifactu siendo autónomo

Existen dos caminos: soluciones integradas y soluciones manuales. Las integradas automatizan el envío a Verifactu; las manuales requieren que descargues un archivo y lo subas a la Plataforma de la AEAT. Aquí los principales softwares compatibles con la obligación de autónomos:

Noa (heynoa.es)

Noa es una PWA (aplicación web progresiva) especializada en autónomos españoles. Integra facturación electrónica Verifactu, sincronización bancaria PSD2, cálculo automático de IGIC para Canarias, retención IRPF (art. 95 RIRPF: 15% general, 7% primeros 3 años) y asistente IA en castellano. No requiere instalación: funciona en navegador. Envía facturas a Verifactu de forma automática.

  • Facturación multimoneda y multidivisión (por actividad).
  • Exportación de datos para modelo 130 (retenciones trimestrales, 20% del rendimiento neto acumulado según art. 110 RIRPF).
  • Sincronización con bancos españoles vía PSD2 (datos reales de ingresos).
  • Cálculo automático de cuotas a Seguridad Social (régimen de autónomos).
  • Sin cuota fija de software: los gastos de herramientas digitales son deducibles como gasto profesional.

Holded

Holded es una solución en la nube con amplia base de usuarios en España. Incluye facturación con Verifactu, gestión de gastos, sincronización bancaria y CRM ligero. Ofrece tanto plan gratuito (con limitaciones) como planes de pago desde ~10€/mes.

  • Interfaz visual y accesible para no técnicos.
  • Integración con banca online española.
  • Generación automática de modelos fiscales (130, 303).
  • Plan gratuito útil para autónomos con bajo volumen de facturas (<10/mes).

Quipu

Quipu es una herramienta de facturación española con enfoque en simplificar la contabilidad del autónomo. Compatible con Verifactu desde la obligación de sociedades (enero 2026) y lista para autónomos en julio 2027. Planes desde ~5€/mes.

  • Cálculo automático de trimestral IVA/IGIC (4%, 10%, 21% para IVA; 0-20% para IGIC según tipo).
  • Descarga de datos para asesor o auto-gestión.
  • Integración con servicios de contabilidad online.
  • Acceso desde móvil y escritorio.

Debitoor (ahora SumUp Invoices)

Debitoor, adquirido por SumUp, es un software de facturación sencillo orientado a pequeños negocios. Está en transición a SumUp Invoices. Incluye facturación básica y gestión de pagos, aunque su integración Verifactu aún se está finalizando. Evalúa disponibilidad antes de contratar.

Plataforma Verifactu de la AEAT (opción manual)

Si prefieres no pagar un software externo, puedes facturar en Excel, Word o cualquier editor, y luego enviar un archivo XML a través de la Plataforma Verifactu de la AEAT (sede.agenciatributaria.gob.es). Este método es gratuito pero requiere más manejo técnico y no automatiza cálculos de impuestos ni retenciones.

  • Sin coste de software adicional.
  • Máximo control sobre el formato de tus facturas.
  • Requiere conocimiento técnico de XML o contratar gestoría.
  • Mayor riesgo de errores si no validas bien los datos.
  • No integra banca online ni cálculos automáticos.

Comparativa: ¿cuál elegir según tu perfil?

Autónomo sin asesor y con bajo volumen (< 30 facturas/mes)

**Recomendación: Noa o Holded.** Ambas automatizan Verifactu, integran banca PSD2 y generan automáticamente los datos para tu modelo 130 (retenciones trimestrales, 20% del rendimiento neto acumulado). No necesitas gestoría si eres disciplinado. Costo: 0-15€/mes.

Autónomo con asesor contable

**Recomendación: Quipu o Holded.** Tu asesor puede acceder a los datos exportados (modelos 130, 303, IRPF) sin que seas tú quien ingrese manualmente. La sincronización bancaria da transparencia real de tus ingresos. Costo: 5-20€/mes + cuota del asesor (50-150€/mes típico).

Autónomo en Canarias con actividad estacional

**Recomendación: Noa.** Integra cálculo automático de IGIC (0%, 1%, 3%, 7%, 9,5%, 15%, 20% según Ley 4/2012 de Hacienda Pública Canaria) y permite dividir facturas por período de actividad. Exporta datos listos para modelo 130 canario. Costo: sin datos públicos, consulta heynoa.es.

Autónomo que quiere máxima privacidad (sin sincronización bancaria)

**Recomendación: Quipu o Plataforma AEAT manual.** Quipu no obliga a conectar tu banco (aunque lo ofrece), así que puedes facturar sin exponer datos bancarios a terceros. Costo: 5-10€/mes. O usa la Plataforma AEAT: 0€, pero más manual.

Requisitos legales y obligaciones al elegir software

Cualquier software que elijas debe cumplir estas obligaciones según el RD 1007/2023 + Orden HAC/1177/2024:

  1. **Envío automático o facilitado a Verifactu:** el software debe permitir enviar los datos estructurados (emisor, destinatario, base, impuesto) a la plataforma de la AEAT sin pasos manuales excesivos.
  2. **Cálculo correcto de impuestos:** debe aplicar tipos de IVA (4%, 10%, 21%) o IGIC según territorio (en Canarias: 0%, 1%, 3%, 7%, 9,5%, 15%, 20%).
  3. **Retención IRPF:** si factura a entidades públicas o ciertas actividades profesionales, debe calcular automáticamente la retención: 15% general o 7% durante los primeros 3 años de actividad (art. 95 RIRPF).
  4. **Conservación de registros:** debe permitir guardar copias de facturas emitidas durante 6 años (art. 30 Código Tributario).
  5. **Cumplimiento de firma:** facturas a través de Verifactu no requieren firma electrónica avanzada, pero sí certificado de origen de datos (lo gestiona automáticamente el software si está certificado por AEAT).

Transición: de tu sistema actual a Verifactu

Si actualmente factura sin Verifactu (usando Excel, factura manual o un software antiguo), tienes hasta el 1 de julio de 2027 para migrar. Aquí cómo hacerlo sin pérdida de datos:

  1. **Audita tu volumen:** ¿cuántas facturas emites al mes? ¿a cuántos clientes? Esto define si necesitas automatización o si una solución manual basta.
  2. **Exporta historial (opcional):** algunos softwares permiten importar facturas anteriores. Si facturas desde 2023, pídele al software si soporta carga masiva de histórico.
  3. **Prueba gratis:** Noa, Holded y Quipu ofrecen períodos de prueba. Crea 3-5 facturas de prueba y verifica que el cálculo de impuestos sea correcto para tu actividad.
  4. **Conecta tu banco (si aplica):** si usas PSD2, carga un mes de transacciones y valida que se reconcilien correctamente.
  5. **Activa antes de julio 2027:** no esperes al último mes. Julio es cuando entra en vigor la obligación, pero migrar 1-2 meses antes garantiza que no cometas errores los primeros días.

Costes y deducibilidad del software de facturación

Los gastos de software de facturación son deducibles como gasto profesional en el IRPF (actividad económica autónoma), siempre que estén vinculados directamente a tu actividad. Según la AEAT, esto incluye:

  • Cuota mensual/anual del software: 100% deducible.
  • Sincronización bancaria (si está incluida): 100% deducible como gasto de administración.
  • Soporte técnico o formación en el software: 100% deducible como servicios profesionales.
  • No es deducible: uso privado (aunque sea mínimo) o software para ocio / no relacionado con tu actividad.

En el modelo 130 (retenciones trimestrales sobre rendimiento neto acumulado, 20% según art. 110 RIRPF), estos gastos de software reducen tu base imponible, lo que disminuye directamente la cuota que debes pagar.

Preguntas frecuentes

¿Puedo seguir facturando manualmente después de julio de 2027?

No. A partir del 1 julio 2027 es obligatorio emitir facturas a través de un sistema que comunique automáticamente a Verifactu. La facturación manual sin comunicación a Verifactu es incumplimiento legal y puede generar sanciones de 3.000-15.000€ según la gravedad (art. 197 Código Tributario).

¿Verifactu tiene coste para el autónomo?

Verifactu en sí (como plataforma de la AEAT) es gratuito. Lo que cuesta es el software que usas para emitir y comunicar automáticamente. Puedes usar la Plataforma Verifactu directa (sin coste) si subes manualmente archivos XML, pero requiere conocimiento técnico. La mayoría de autónomos elige un software integrado (5-20€/mes).

¿Funciona Verifactu si trabajo para un cliente en otro país (factura exportación)?

Sí. Las facturas de exportación (clientes fuera de UE) están exentas de IVA, pero aún deben comunicarse a Verifactu indicando el tipo de operación. El software debe permitir marcar como 'exportación' o 'operación intracomunitaria' (si es dentro de UE). Cualquier software certificado soporta esto.

¿Qué pasa si cambio de software después de activar Verifactu?

Puedes cambiar en cualquier momento. Lo importante es que el nuevo software tenga acceso a los datos de Verifactu ya reportados (no necesita que los resuelva, la AEAT tiene registro). El nuevo software empieza a comunicar desde el día del cambio. Asegúrate de exportar tus datos del software anterior para conservar el historial.

¿Verifactu afecta mi modelo 130 o mi cuota de Seguridad Social?

Verifactu no cambia la cuota de Seguridad Social (se paga sobre rendimiento neto del año anterior, aproximadamente). Sí facilita el cálculo del modelo 130: el software exporta automáticamente el rendimiento neto acumulado, y el 20% de ese rendimiento es tu retención trimestral. Con Verifactu, tus ingresos quedan registrados ante Hacienda en tiempo real, así que hay menos margen para correcciones futuras.

¿Necesito certificado digital para usar Verifactu como autónomo?

No obligatoriamente. La mayoría de softwares Verifactu usan autenticación con usuario/contraseña de tu cuenta AEAT. El certificado es útil si necesitas firmar otros trámites telemáticos (representación ante la AEAT, solicitudes específicas), pero no es requisito para Verifactu con software integrado.

Resumen

  • **Obligatoriedad:** desde el 1 julio 2027, los autónomos españoles deben emitir facturas comunicando automáticamente a Verifactu (RD 1007/2023 + RDL 15/2025). No aplica en País Vasco ni Navarra.
  • **Opciones principales:** Noa (PWA con IGIC para Canarias, PSD2), Holded (interfaz visual, plan gratuito), Quipu (económico, flexible), o la Plataforma AEAT manual (gratuita, técnica).
  • **Cálculo de impuestos:** cualquier software debe aplicar IVA (4%, 10%, 21%) o IGIC en Canarias (0%, 1%, 3%, 7%, 9,5%, 15%, 20%), y retención IRPF (15% general, 7% primeros 3 años según art. 95 RIRPF).
  • **Transición recomendada:** elige software antes de julio 2027, prueba con facturas de demo, conecta tu banco (PSD2) si deseas automatización, y verifica que figure en el listado de soluciones certificadas por la AEAT.
  • **Deducibilidad:** los gastos del software son deducibles como gasto profesional, lo que reduce directamente tu base imponible del modelo 130 (retención trimestral del 20% según art. 110 RIRPF).