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Verifactu 2026-2027: la guía completa para empresas y autónomos

Verifactu cambia cómo emiten facturas todas las empresas y autónomos en territorio común. Plazos, requisitos y excepciones explicados con BOE en mano, sin paja de gestoría.

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Equipo Noa

Asistente fiscal y de facturación para autónomos

Verifactu es la mayor reforma de facturación que han vivido empresarios y profesionales españoles en décadas. No es un capricho de la AEAT: viene a sustituir un sistema (los libros registro presentados a posteriori) por otro (registro digital en tiempo real con cadena criptográfica).

Esta guía explica con BOE en mano qué es Verifactu, a quién aplica, cuándo entra en vigor, cómo funciona técnicamente, qué pasa si no cumples y cómo prepararte. Sin ambigüedad. Si después de leerla sigues con dudas, te invito a contactar — soy Felipe, fundador de Noa, y llevo desde 2024 implementando esto.

¿Qué es Verifactu en una frase?

Verifactu es el conjunto de requisitos que debe cumplir un sistema informático de facturación (SIF) según el Real Decreto 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024 para garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de las facturas emitidas.

En la práctica, esto se traduce en cuatro cosas que cambian respecto a cómo factura cualquier empresario hoy:

  1. Cada factura emitida genera un registro electrónico con un identificador único, un hash criptográfico y un código QR.
  2. El hash de cada factura enlaza con el de la anterior (cadena), de modo que cualquier alteración o borrado posterior es detectable.
  3. Cada factura se firma con certificado digital del emisor.
  4. En modo Verifactu (el preferido por la AEAT) cada registro se envía a la sede electrónica de la Agencia Tributaria en el momento mismo de emitir la factura. Hacienda recibe así un libro registro digital en tiempo real, sin esperar a las declaraciones trimestrales.

Cuándo entra en vigor: los plazos exactos

El plazo depende de tu forma jurídica. La normativa los ha modificado varias veces, así que vamos a la versión vigente:

  • Sociedades mercantiles y entidades equiparables (SL, SA, SLU, sociedades civiles con personalidad jurídica): 1 de enero de 2026.
  • Autónomos persona física en estimación directa: 1 de julio de 2027 (aplazado por el RDL 15/2025).
  • Autónomos en estimación objetiva (módulos): pendiente de orden ministerial específica. Probablemente alineado con autónomos en directa.
  • Productores de software (las empresas que VENDEN sistemas de facturación a otros): obligados a tener su producto adaptado y declarado conforme antes de las fechas anteriores. La sanción por vender un programa no conforme empieza a aplicarse desde 2026.

¿Quién está obligado y quién no?

La norma habla de "empresarios y profesionales que apliquen el régimen general de facturación". En castellano:

Sí están obligados

  • Sociedades mercantiles (SL, SA y derivadas)
  • Sociedades civiles cuando tributan en el Impuesto de Sociedades (las que tributan en atribución de rentas se asimilan a sus socios)
  • Autónomos persona física en estimación directa (normal o simplificada)
  • Autónomos en módulos cuando la orden ministerial específica lo concrete
  • Profesionales que emiten facturas (médicos, abogados, ingenieros, diseñadores, etc.)

No están obligados

  • Empresarios y profesionales del País Vasco: tienen TicketBai, su propio sistema foral.
  • Empresarios y profesionales de Navarra: tienen su propio modelo (TicketBai-Navarra).
  • Sujetos pasivos en régimen de recargo de equivalencia: tratamiento especial — consulta con tu asesor si te aplica.
  • Operaciones que se documentan con simplificada (tickets) en negocios de pequeño volumen, según la lista del art. 4 del RD 1619/2012.
  • Quienes ya están en SII (Suministro Inmediato de Información). Si estás en SII no necesitas Verifactu — el SII es más exigente y cubre los mismos requisitos.

Modo Verifactu vs No-Verifactu

La Orden HAC/1177/2024 contempla dos formas de cumplir, y conviene tenerlas claras porque cambia mucho la operativa.

Modo Verifactu (envío continuo a AEAT)

  • Cada factura se envía a la sede electrónica de la AEAT en el momento de emitirse.
  • El sistema queda exento de mantener el libro registro de facturas emitidas: la AEAT ya lo tiene en tiempo real.
  • Los datos enviados se vuelven inmodificables salvo emisión de factura rectificativa.
  • Es el modo recomendado por la propia AEAT y el que usa Noa.
  • Si se va a publicidad ante el receptor que la factura está "verificada por la AEAT", se debe usar este modo.

Modo No-Verifactu (libro registro local)

  • Las facturas se firman, hashean y conservan localmente con todos los requisitos.
  • La AEAT puede solicitar el libro registro en cualquier momento y debe entregarse en el formato XML estándar.
  • Implica mantener infraestructura propia de almacenamiento seguro durante el plazo de prescripción tributaria (4 años + 6 años de extensión por delito).
  • No hay envío automático a la AEAT — pero el sistema debe poder hacerlo cuando se le pida.
  • Más complejo desde el punto de vista de cumplimiento porque la responsabilidad de la conservación recae 100 % en el emisor.

Cómo funciona técnicamente

Sin entrar en bytes pero sí con detalle, esto es lo que pasa cada vez que emites una factura con un sistema Verifactu:

  1. Identificador único: el sistema crea un ID compuesto por NIF del emisor + número y serie de la factura + fecha de expedición. Es único y no se puede reutilizar.
  2. Hash criptográfico: se calcula una huella del registro con la función definida en la Orden HAC/1177/2024. El registro incluye el hash del registro anterior. Esto crea una cadena: si modificas el registro N tarde, el hash N+1 ya no cuadra y la AEAT lo detecta.
  3. Firma digital: el registro completo se firma con el certificado digital del emisor (FNMT, ACA, Camerfirma, Izenpe, etc.).
  4. Código QR: se genera un QR a partir de los datos clave (URL de verificación AEAT + datos de la factura). Debe imprimirse en la factura visible.
  5. Envío: en modo Verifactu, el registro firmado se envía vía servicio web SOAP a https://www1.aeat.es/wlpl/TIKE-CONT/ws/SistemaFacturacion/VerifactuSOAP (o su equivalente preproducción para pruebas).
  6. Respuesta AEAT: la AEAT responde con código de aceptación (correcto), aviso (correcto pero con observaciones) o rechazo (con código de error). En caso de rechazo, hay que corregir y reenviar.

Qué cambia en la factura impresa o en PDF

Para el receptor de la factura, la diferencia visible es mínima: el contenido sigue siendo el mismo (datos del emisor y receptor, líneas, IVA o IGIC, total). Lo que se añade:

  • Un código QR obligatorio, en lugar visible, que cualquiera puede escanear para verificar la factura en la AEAT.
  • La leyenda "Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT" (modo Verifactu) o equivalente.
  • Posibles datos adicionales en el footer (URL de verificación, identificador único)

Verifactu en Canarias

Quizá la pregunta más frecuente que me hacen como autónomo canario. La respuesta: sí aplica, pero con IGIC en lugar de IVA.

  • Verifactu se aplica a todo el territorio común español. Canarias forma parte del territorio común a estos efectos (no es País Vasco ni Navarra).
  • Las facturas con IGIC entran al sistema igual que las facturas con IVA. En el XML se identifica con el código de impuesto 03 (IGIC).
  • Los tipos IGIC vigentes en 2026 (0, 1, 3, 7, 9.5, 15 y 20 %) se incluyen en los registros sin problema.
  • Las operaciones REPEP (Régimen Especial de Pequeño Empresario o Profesional) también entran, marcadas como exentas con su clave correspondiente.
  • El destino del envío sigue siendo la AEAT (no la Agencia Tributaria Canaria). La AEAT comunica los datos a la ATC para los efectos del IGIC.

Por qué País Vasco y Navarra están fuera

Por la foralidad. La Constitución española y los respectivos Conciertos / Convenio Económico permiten a País Vasco y Navarra tener sistema fiscal propio. Por eso:

  • País Vasco: TicketBai (vigente desde 2022 con calendario por territorios). Es similar a Verifactu en filosofía pero con su propia técnica y servicio web.
  • Navarra: TicketBai-Navarra. Mismo sistema técnico que el vasco con adaptaciones.
  • Si tienes el domicilio fiscal en País Vasco o Navarra y facturas dentro del territorio foral, no necesitas Verifactu — necesitas TicketBai.
  • Si facturas a clientes en País Vasco o Navarra desde fuera de esos territorios, Verifactu sí aplica (porque la obligación es del emisor, no del receptor).

Cómo elegir software conforme

La AEAT no certifica software. Lo que pide es que el productor del software (el desarrollador) emita una declaración responsable acreditando que su sistema cumple los requisitos del RD 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024 (art. 13 de la Orden).

Qué debe incluir esa declaración:

  • Identificación del productor (NIF, denominación social, dirección)
  • Nombre comercial y versión del software
  • Declaración de que cumple los requisitos del RD 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024
  • Lista de funcionalidades que cumplen los requisitos: integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad, generación de hash y QR, envío a AEAT, etc.
  • Fecha de emisión y firma electrónica del productor

Qué pasa si no cumples

Las sanciones están reguladas en el art. 201 bis de la Ley 11/2021 (Ley de prevención y lucha contra el fraude fiscal). Hay dos figuras:

Sanción al usuario del software (autónomo o empresa)

  • Hasta 50 000 € por cada ejercicio en que se incumpla.
  • Aplica si emites facturas con un sistema que no cumple Verifactu, una vez te sea exigible.
  • También aplica si manipulas la cadena (borras facturas, las modificas, etc.).

Sanción al productor del software

  • Hasta 150 000 € por cada ejercicio.
  • Más 1 000 € por cada copia del programa vendida que no cumpla.
  • Esto explica por qué los proveedores serios certifican su software cuanto antes: una empresa que vende 1 000 licencias de un programa no conforme se enfrenta a 1 millón de euros de sanción.

Cómo prepararte si eres autónomo

El plazo de los autónomos es 1 de julio de 2027. Suena lejos pero no lo es: dejarlo para el último mes es pedir problemas. Esta es la ruta que recomiendo:

  1. Antes de octubre de 2026: elige un software conforme. Pide la declaración responsable y léela. Que el proveedor pueda demostrar envíos en preproducción AEAT.
  2. Antes de enero de 2027: emite tus primeras facturas reales con el software, en modo Verifactu, durante un trimestre completo. Aprende los flujos: cómo se ven las rectificativas, qué pasa si el cliente pide modificación, cómo regenera el QR si reimprimes.
  3. Antes de junio de 2027: ten todo el flujo aceitado y a tu gestor (si lo tienes) al día. El cambio de modelo trimestral en julio será el primer cierre con Verifactu obligatorio.
  4. Si emites poco volumen (pocas facturas al mes): no esperes. Empieza ya con voluntariedad. Cuanto antes te familiarices, mejor.

Cómo prepararte si eres sociedad

Tu plazo es 1 de enero de 2026. Es decir, ya. Si todavía no estás emitiendo con Verifactu, el riesgo de sanción es real desde el primer trimestre de 2026.

  1. Si tu ERP (Sage, SAP, Odoo, Holded, etc.) ya soporta Verifactu: comprueba que está activado, que el certificado está subido y que las facturas se están enviando correctamente. Pide al proveedor su declaración responsable.
  2. Si tu ERP no lo soporta aún o lo soporta a medias: o esperas a su actualización (riesgo) o te planteas migrar a un sistema que sí lo tenga listo.
  3. Si facturas con Word/Excel o programas viejos: tienes que cambiar. No hay forma de adaptar Word a Verifactu.

Preguntas frecuentes

¿Verifactu es lo mismo que la facturación electrónica obligatoria?

No, son cosas distintas aunque relacionadas. Verifactu regula cómo se emite la factura (formato, firma, hash, envío AEAT). La facturación electrónica obligatoria entre empresas (B2B) la regula la Ley 18/2022 "Crea y Crece" y obliga a que las facturas se intercambien en formato electrónico estructurado. Ambas conviven: una factura puede ser electrónica (Crea y Crece) y además cumplir Verifactu. La obligación electrónica B2B aún está en desarrollo reglamentario y entrará en vigor cuando se publique el reglamento técnico.

¿Y si solo emito 5 facturas al año?

Te aplica igual que a quien emite 500. La norma no establece umbral mínimo. Si eres autónomo en estimación directa, a partir del 1 de julio de 2027 cada factura tuya tiene que cumplir Verifactu, sea una o sean cien.

¿Necesito certificado digital obligatoriamente?

Sí. Verifactu exige firma digital del emisor en cada registro. Vale el certificado FNMT (gratuito y el más usado), ACA, Camerfirma, Izenpe (en País Vasco) y otros prestadores cualificados. Importa que esté en vigor y emitido para tu NIF.

¿Si emito una factura mal y la borro?

No se puede. La cadena de hash detectaría el borrado. Lo correcto es emitir una factura rectificativa (R1, R2, R3, R4 o R5 según el motivo) que anule o modifique la original. La rectificativa también va a Verifactu y queda enlazada.

¿Las facturas a clientes extranjeros también cuentan?

Sí. Si tú estás obligado a Verifactu, todas tus facturas (intracomunitarias, de exportación, a particulares dentro o fuera de España) deben cumplir Verifactu. El receptor extranjero no es responsable, pero tu factura sí debe registrarse.

¿Y si mi software se cae y no puede enviar a AEAT?

La Orden HAC/1177/2024 contempla este caso. Si el envío falla por causa ajena al emisor (caída del servicio AEAT, fallo de red), el registro queda en estado pendiente y el sistema reintenta automáticamente con back-off. La factura emitida sigue siendo válida; el envío posterior puede hacerse sin penalización si se reintenta razonablemente. Lo que NO se acepta es desconectar adrede el envío.

¿Qué pasa con las facturas que ya emití antes de la fecha de obligatoriedad?

No se aplican Verifactu retroactivamente. Solo las facturas emitidas a partir de tu fecha de obligación (1 enero 2026 sociedades, 1 julio 2027 autónomos) entran al sistema.

¿Puedo emitir una factura ya bajo Verifactu antes de mi fecha obligatoria?

Sí. Verifactu admite uso voluntario desde 2025 para todos. De hecho es lo que recomiendo: empieza antes de la fecha obligatoria para tener experiencia y resolver problemas con margen.

Conclusión y siguientes pasos

Verifactu es un cambio de calado pero gestionable. La mayoría del trabajo lo hace el software: tú solo tienes que emitir facturas como hasta ahora y dejar que el sistema firme, hashee, envíe y mantenga la cadena. Lo que cambia es que ya no puedes manipular facturas "a mano" después de emitirlas — y eso, aunque te quite flexibilidad, te protege legalmente.

Si todavía no has elegido software, mira la lista de comprobación: declaración responsable publicada, soporte de IGIC si estás en Canarias, soporte de rectificativas, certificado FNMT compatible, panel claro para revisar estado de envíos a AEAT, gestión de errores en lenguaje claro.

Y si quieres saltar de Excel a algo que ya cumpla Verifactu hoy, te recomiendo probar Noa. Es gratis 30 días y no necesitas tarjeta para empezar.